domingo, 2 de abril de 2017

articulo 16

Artículo 16: De conformidad con las características de la evaluación establecidas en el artículo 4 del presente instrumento, los participantes del proceso de evaluación serán: 1. La o el estudiante representante del proyecto. 2. Un representante del Consejo Comunal, organización comunal o social e institución 3. pública o privada en el área del proyecto. 4. Un representante institucional u organizacional del área del proyecto. 5. La o el docente-asesor responsable del proyecto.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario